sábado, 5 de febrero de 2011

Perú: ¿Qué faenón se esconde tras los decretos contra ambientales?


Imágenes Internet. Edición: Sophimanía

El Instituto de Defensa Legal (IDL) y la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), demandaron al Congreso peruano derogar los Decretos de Urgencia (DU) 001–2011 y 002-2011, por ser inconstitucionales al no cumplir con los requisitos establecidos en la Constitución y en tres sentencias del Tribunal Constitucional (TC).

De no ser derogados, el Congreso estaría renunciando de sus funciones y le correspondería al TC, mediante una demanda de inconstitucionalidad, pronunciarse en última instancia.

Juan Carlos Ruiz, abogado del IDL y Mariano Castro, abogado de la SPDA y ex presidente del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), explicaron el peligro que significa la expedición inconstitucional de estos decretos que no respetan los requisitos del ordenamiento jurídico, eliminando al mismo tiempo el derecho a la consulta previa de los Pueblos Indígenas.

Castro recordó que los DU señalan "que las certificaciones ambientales no serán requisitos para la obtención de las autorizaciones administrativas [...] para el ejercicio de las actividades económicas materia del proyecto adjudicado". Indicó que "este es el punto en base al cual aparece la necesidad del DU, se está desregulando los requisitos y los procedimientos destinados a la regulación del impacto ambiental".

Juan Carlos Ruiz señaló que no se está en contra de la inversión privada y del desarrollo en obras de infraestructura, "aquí se está ante un problema de forma, pues la Constitución ha establecido requisitos muy claros para que el ejecutivo expida un DU".

Sobre los requisitos señaló que los DU deben adoptarse ante una situación excepcional y extraordinaria, "si uno mira los decretos, no termina de entender cuál es la situación excepcional. Otro requisito es el de la urgencia, para que se expida un DU se tiene que estar ante una situación de parálisis institucional. Lo dice la Constitución, lo dice el Tribunal Constitucional en tres sentencias, y es obligatorio", resumió.

El representante del IDL alertó que con la aprobación de los decretos, "se anula el derecho a la consulta, que dice que cada vez que el Estado va a adoptar una decisión administrativa (una concesión minera) o una legislativa (una ley), susceptible de afectar a los pueblos indígenas, los pueblos tienen derecho a que se les consulte. Y para que un pueblo indígena pueda pronunciarse, tiene que revisar el Estudio del Impacto Ambiental (EIA) y evaluar cual va a ser el impacto de esa decisión".

Mariano Castro dijo que la regulación ambiental actual es muy débil; y por lo tanto, cualquier modificación orientada a disminuir los requisitos, la debilita aún más y le resta credibilidad.

Según el mismo Ministerio del Ambiente (MINAM) la Evaluación del Impacto Ambiental (EIA), es un proceso participativo que tiene varias etapas y, una de ellas, tiene que ver con el estudio. Sobre este punto, el representante de la SPDA, señaló que "una vez que el estudio es terminado, es entregado a la autoridad y hay tiempos que se toman para la revisión. No hay motivo para acortar aun mas estos tiempos, que ya de por si son cortos. Estos tiempos solo buscan la sostenibilidad ambiental del proyecto y que no ocasionen daños ambientales innecesarios".

En otro momento, Castro dijo que "para que el país cuente con una infraestructura y una energía suficiente para todos, los inversionistas no necesitan que se les den normas para reducir su desempeño ambiental. Y la regulación ambiental, tampoco necesita que sea percibida como una barrera para la inversión. Se debe asegurar los principios de prevención ambiental".

Finalmente, el IDL y la SPDA recordaron que según el artículo 91 del Reglamento del Congreso, se debe formar en la Comisión de Constitución una Sub Comisión encargada de evaluar la responsabilidad de los DU, y tiene un plazo de 15 días para pronunciarse y pasar al pleno su opinión.

En el caso de que esto no ocurra, el Congreso puede derogar los DU, fuera del plazo de 15 días. Otro escenario es que el TC, frente a un pronunciamiento de inconstitucionalidad, se pronuncie en última instancia.

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Información de IDL y SPDA. Resumen de Sophimanía

1 comentario:

Spider Edu dijo...

Ese es un gran temor que por anviciones personales desgarren y destruyan toda nuestras hermosas riquezas naturales basta ya, ni un candidato se pronuncia y menos nos dice un plan de gobierno al respecto sabiendo que de eso depende mucho el futuro de nuestros hijos.
Que lamentable
Edu

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